Rebajas de cuotas para las empresas sin accidentes laborales

Las empresas sin accidentes y enfermedades laborales, o con un nivel bajo de siniestralidad, tendrán una rebaja anual del 5% en las cotizaciones sociales por contingencias profesionales. Incluso, la reducción de las cotizaciones puede ser de hasta el 10% si invierten en mejorar las condiciones de salud e higiene de sus trabajadores.

Así se regula en un Real Decreto que aprobó el Consejo de Ministros, y que quiere ampliar  y dar mayor agilidad a la concesión de los bonos a las empresas por reducir la siniestralidad laboral. El requisito fundamental para la empresa será el cumplimiento de los objetivos de reducción de la siniestralidad laboral.

Además, el empresario deberá hacer una declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones de prevención de riesgos laborales. La compañía deberá informar  también a los delegados de prevención de que ha solicitado los incentivos.

Otro paso importante es que en los casos de las bajas por enfermedades y accidentes profesionales, el Gobierno autoriza a los médicos de las empresas colaboradoras de la Seguridad Social, normalmente las más grandes, a confirmar la baja y el alta médica en estos casos. Es decir, como hacen las propias mutuas. Es necesario recordar que, a diferencia de lo que ocurre en las enfermedades profesionales, las mutuas no pueden dar el alta a los trabajadores en los casos de enfermedades por causas comunes. Por ejemplo, por una depresión que no tenga que ver con el trabajo, entre otras. 

(Fuente Expansión)