Orden en los documentos para los Autónomos y PYMES.

Autónomos y pymes deben guardar sus facturas, al menos, durante cuatro años. No solo las facturas recibidas, sino también las emitidas, los justificantes contables, los recibos justificativos en el régimen de la agricultura y los documentos acreditativos del pago del impuesto a la importación. No vale con almacenarlas de cualquier manera. Han de estar en orden, en documentos que conserven el contenido original.

Se deberá velar por que las facturas en formato papel permitan su legibilidad y garanticen la autenticidad de origen e integridad de su contenido. Muchos autónomos y pymes reciben documentos en papel que, con el paso de los años, pierden la tinta o no se ven con claridad.

Hoy día existen aplicaciones que permiten digitalizar estas facturas, para que tengan total validez y no se deterioren con el paso del tiempo.

Si se utilizan medios electrónicos para el almacenamiento de las facturas, la Agencia Tributaria debe poder acceder sin demora a la visualización, búsqueda y descarga e impresión de las facturas o documentos que necesite corroborar.


(Fuente Cinco Días)