Las cláusulas suelo ya se declaran este año.

    La Agencia Tributaria (AEAT) devolverá lo que se haya ingresado de más en Hacienda a quienes ya habían regularizado su situación tras haber obtenido la devolución de las cláusulas suelo en una sentencia, acuerdo o laudo por ser el nuevo proceso que ha aprobado el Gobierno más beneficioso para el contribuyente. De esta forma, se podrá instar la rectificación de las autoliquidaciones solicitando la devolución de los intereses de demora satisfechos y, en su caso, la modificación de los intereses indemnizatorios declarados como ganancia. Así lo explica la Agencia Tributaria (AEAT) en su web que detalla el tratamiento fiscal de la devolución de lo pagado de más por las cláusulas suelo a partir del Real Decreto que aprobó el Gobierno para dar una solución extrajudicial a estas reclamaciones y que se publicó en el BOE.

El comunicado concreta que los ingresos obtenidos por la devolución de lo pagado de más no se sumarán a la base imponible del IRPF, como tampoco lo harán los intereses indemnizatorios que puedan obtenerse. Sin embargo, es necesario regularizar las deducciones fiscales aplicadas por inversión en vivienda habitual o como gasto deducible en el caso de actividades económicas para devolver a Hacienda lo que se hubiera deducido en  exceso. En el caso de deducción por compra de vivienda habitual, la regularización se realizará sin intereses de demora.

La AEAT aclara que este ajuste se realiza mediante el procedimiento habitual para regularizar deducciones, es decir, completando las casillas 524 y 526 de la declaración, pero no las 525 y 527, destinadas a los intereses de demora.


(Fuente Expansión)