Hacienda autoriza el embargo on line de depósitos bancarios.

La Agencia Tributaria es el organismo que emite un mayor nú- mero de órdenes de embargo. Una resolución que saldrá publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado y a la que ha tenido acceso Cinco Días establece que Hacienda podrá remitir dichas órdenes de embargo de depósitos bancarios a través de internet, lo que supondrá un importante ahorro de tiempo en estos procesos. Hasta ahora, para retener el dinero ubicado en una cuenta a plazo fijo como consecuencia de una investigación llevada a cabo por el Ministerio de Hacienda, un agente tributario debía personarse en la entidad financiera y entregar en mano la diligencia de embargo para que la entidad financiera procediera a bloquear el dinero.

Con la nueva resolución publicada hoy, este trámite se agilizará y pasará a realizarse de forma telemática. Es decir, la entidad financiera recibirá a través de internet las órdenes de embargo que afecten a sus clientes. Para Hacienda, lo más destacable de esta iniciativa es que el nuevo proceso ahorrará tiempo porque ya no será necesario la personación de agentes tributarios en las sucursales y también se evitará perturbar el funcionamiento habitual de las oficinas bancarias. La digitalización de las órdenes de embargo no es nueva. Desde el año 2011, la Agencia Tributaria utiliza este sistema para embargar cuentas corrientes a la vista. De hecho, ha sido el buen funcionamiento de este mecanismo lo que explica que se extienda ahora a otros productos financieros como son los depósitos.

Productos más complejos Sin embargo, en el caso de los fondos de inversión o acciones de empresas, Hacienda ha decidido que, por ahora, las diligencias de embargo sigan siendo comunicadas a través de la personación de un agente tributario en las oficinas bancarias. La explicación es clara: “Estos productos ofrecen una mayor complejidad para digitalizar el proceso”, según explican desde la Administración.

La crisis económica y también el endurecimiento de la ley contra el fraude fiscal han elevado el número de embargos. La normativa ha ampliado las posibilidades que tiene Hacienda para adoptar medidas cautelares que eviten la des patrimonialización de contribuyentes con deudas fiscales o inmersos en un proceso por delito fiscal. Y es que en el pasado ha sido demasiado frecuente comprobar cómo por la tardanza de algunos procesos, cuando Hacienda decretaba el embargo de algún bien de un contribuyente supuestamente investigado por delito fiscal, en el momento en el que la comunicación del embargo llegaba, el investigado ya había cambiado la titularidad de sus bienes. En 2015, la Agencia Tributaria adoptó 3.785 medidas cautelares para garantizar los cobros, un 4,4% más que el año anterior. La mayor parte de estos embargos que decreta la Agencia Tributaria se aplican sobre cuentas corrientes en entidades financieras. Los últimos datos desagregados reflejan que, en 2013, embargó un total de 5,6 millones de cuentas corrientes. Este tipo de productos son los más expuestos a las incautaciones de Hacienda.

De hecho, la Ley de Enjuiciamiento Civil establece un orden prioritario y las cuentas corrientes figuran en primer lugar. Hacienda también puede embargar salarios –con ciertos límites–, joyas o bienes inmuebles, entre otros.


(Fuente Cinco Días)