Guía para aplazar el pago del IVA en 2017.

Desde principios de este año se permite aplazar el pago del IVA a Hacienda de las facturas que no hayas cobrado, si eres autónomo o pequeña y mediana empresa.Aunque existen determinados requisitos y consideraciones que se deben tener en cuenta.

Requisitos

Aquellos empresarios o autónomos que quieran poner en marcha el aplazamiento del pago del impuesto sobre el valor añadido deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

●En las cuotas que sí hayan sido repercutidas y se hayan cobrado es obligatorio abonar el pago dela deuda a Hacienda. Es decir, es fundamental estar al día en los pagos que correspondan con la Agencia Tributaria.

● Una vez se haya aprobado el aplazamiento del pago del IVA, se establece que una vez el empresario o autónomo cobre la factura pendiente, dispone de un máximo de 10 días para abonar el IVA correspondiente a Hacienda.Además, a pesar de que no se haya cumplido el plazo instaurado de de mora, es necesario que, una vez se cobre, se ingrese en menos de 10 días.

● Para poder solicitar un diferimiento es obligatorio aportar una garantía, como un aval de un banco o un certificado de seguro de caución.

● El periodo máximo de aplazamiento del pago del IVA en caso de los autónomos será de 36 meses, si cumplen todos los requisitos o presentan como garantía un aval bancario, o de 24 meses si la garantía es diferente.

● Solicitando el aplazamiento se da por supuesto que no se ha producido el cobro del IVA repercutido por parte del cliente. Más de 30.000 euros Si la cantidad que se pretende aplazar es superior a 30.000 euros, en caso de ser una pequeña o una mediana empresa deberá, además, cumplir con los siguientes requisitos:

●Deberá presentar el listado de todas las facturas que haya emitido y no haya cobrado, incluyendo el importe de dicha factura, la fecha límite de pago, además de la identificación del cliente.

●Es necesario presentar un justificante que demuestre que las facturas no se han cobrado.

● También deberá presentar un listado de facturas recibidas, incluyéndolos importes, así como la información referente a los proveedores, si han abonado las facturas y a través de qué medios lo han realizado.

● Justificación de cada una de las acciones desarrolladas en la empresa, de manera que se puedan justificar el pago de todas las facturas. Con estas novedades,los pequeños negocios tienen la posibilidad de continuar con su actividad,invertir en nuevos nichos de mercado y expandirse a otros.


(Fuente Cinco Días)