El Registro inaugura la Bolsa de Denominaciones sociales.

 El Registro Mercantil Central permite la obtención instantánea de la denominación de una sociedad de responsabilidad limitada (SL), en cualquiera de sus modalidades, mediante una Base de Datos de Denominaciones, que incluye 1.500 ya calificadas por los Registros, que pueden elegirse con la certeza de que es única entre los seis millones de denominaciones ya registradas, lo que le evitará conflictividad. 

Así, la obtención de una denominación, tanto a través de la Bolsa como de forma telemática, tiene un arancel de 13,5 euros, a los que hay que sumar los 150 euros que percibe el notario por la escritura y los 150 del registrador por la inscripción de la sociedad.

Cada usuario podrá solicitar y obtener un máximo de cinco denominaciones por día, tope impuesto para evitar que la Bolsa de Denominaciones pueda quedarse vacía. La denominación societaria puede obtenerse de dos formas: mediante una solicitud telemática dirigida al Registro Mercantil Central o directamente de la Base de Datos de Denominaciones. En este caso se obtiene de forma instantánea, mientras que si se hace de forma telemática el plazo es de seis horas.


(Fuente el economista)