El IVA en el Régimen Intracomunitario de Bienes

En 2020 se aprobaron tres medidas para unificar las operaciones intracomunitarias de bienes de comercio transfronterizo en la UE, simplificando su tributación y el tratamiento fiscal.

Ventas en consigna

Siempre y cuando que se reúnan determinados requisitos, se producirá por parte del proveedor una entrega intracomunitaria de bienes y una simple adquisición intracomunitaria de bienes en el momento de la compra definitiva.

Requisito material para acreditar la exención en la operación intracomunitaria de bienes.

Anteriormente para que exista una entrega intracomunitaria de bienes exenta del impuesto se requería una traslación física de las mercancías de un estado a otro; un transporte y, a suvez, dos NIFS otorgados por dos estados miembros distintos. A partir de ahora harán falta estos dos requisitos de manera formal, así como informar de dicha operación en el modelo 349 de Operaciones Intracomunitarias de Bienes.

Acreditación de transporte entre dos estados miembros.

La mercancía deberá ir acompañada de al menos dos elementos de prueba de los recogidos en el Reglamento de Ejecución 282/2011 del Consejo de la UE (póliza de transporte de la mercancía, CMR o cualquier otro documento de acompañamiento). Cuando el transporte lo inicia el vendedor y sea a su cargo necesitará al menos acreditar dos de estos elementos. Cuando se realice a cargo del comprador, se requerirá también una declaración por parte del mismo.