Cómo se declaran las rentas de un expatriado en el IRPF.

Si durante 2016 fue residente y trabajó fuera de España en uno o varios países no tendrá que declarar la totalidad del sueldo percibido, ya que estas rentas del trabajo están exentas de tributación con un límite de 60.100 euros siempre y cuando en los que países donde ha desempeñado su labor profesional se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a nuestro IRPF y no se trate de un país o territorio considerado paraíso fiscal. 

Aunque existen una serie de consideraciones. que ponen de manifiesto desde el REAF, y es que la empresa ha podido retenerle todo el sueldo sin tener en cuenta esta exención por lo que es posible que la Administración se ponga en contacto con el contribuyente para comprobar que esta situación es correcta y que cumple los requisitos de la exención. 

Esta exención no será aplicable a los socios o administradores de la empresas. Para determinar la cuantía exenta se procederá a incorporar el numerador la parte de las retribuciones no específicas obtenidas por el trabajador en el año del desplazamiento y en el denominador el número total de días del año. El resultado se multiplica por los días en que el trabajador ha estado desplazado en el extranjero, para efectuar el trabajo contratado. 

Es imprescindible que los trabajadores guarden toda la documentación de su estancia en el extranjero o que pida copia a su empresa

(Fuente finanzas)