Cambios en impuestos que afectan al autónomo en 2018.
En un análisis de la reciente ley de autónomos, los nuevos gastos que estos trabajadores pueden deducirse son los siguientes:
Seguros por enfermedad.
Los gastos del profesional autónomo en un seguro por enfermedad, así como la de su cónyuge e hijos menores de 25 años serán deducibles. Es decir, los trabajadores por cuenta propia que paguen un seguro de salud, podrán deducirse hasta un máximo de 500 euros por persona. Por tanto, la normativa cubre hasta 4 personas (2.000 euros): cónyuge y dos hijos. En caso de que el autónomo, o uno de los familiares, tenga una discapacidad, el límite dela deducción es de 1.500 euros por persona.
Recibos del hogar.
Estos gastos son solo para los autónomos que trabajen en su propio domicilio. Con la entrada en vigor de la nueva ley,pueden deducirse hasta un 30% de los gastos de suministros del hogar, como el agua, la electricidad, el gas, telefonía o internet. Para aplicar el porcentaje que le corresponda es preciso indicar los metros cuadrados de la vivienda que se destina al uso profesional, y su proporción con respecto a los metros totales que tenga.
Gastos de manutención.
En caso de que el profesional autónomo gaste en establecimientos de hostelería y restauración, siempre que se realice con fines de la actividad empresarial. Es decir, cuando un trabajador por cuenta propia coma en restaurantes de forma habitual. También si va a comer en un restaurante antes de acudir a una reunión de trabajo, o, incluso, si se reúne con un potencial cliente en un establecimiento hostelero. Con la nueva normativa, los profesionales autónomos pueden deducirse hasta 26.67 euros al día por gastos de comida. Si un trabajador autónomo gasta 26 euros al día en comer, se está gastando 5.720 euros al año. Con esta normativa podrán deducirse hasta 1.200 euros. Para comidas en el extranjero la deducción es de 48.08 euros al día. Para poder acceder a esta ayuda, es necesario que el pago se realice de forma electrónica, y se solicite factura al establecimiento.
Cotizaciones
Por su parte, en la Seguridad Social también se han introducido una serie de modificaciones que afectan al bolsillo de los autónomos. No son cuestiones directamente relacionadas con impuestos. Sin embargo, favorecen nuevas formas de gestión que pueden generar nuevas fórmulas de ahorro.
Sistema de cotizaciones en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Los autónomos ya pueden abonar sus cuotas por los días trabajados, de manera que la cuota se divide entre 30 días para pagar únicamente lo que se haya trabajado.Además, se permiten tres altas y tres bajas en el RETA dentro al año natural. Por otro lado, también se puede cambiar la base de cotización hasta cuatro veces en el año, en función de los intereses del profesional.
Recargos por retrasos. En caso de retraso en los ingresos de las cuotas a la Seguridad Social, se han reducido los recargos. Actualmente, los ingresos fuera de plazo en el primer mes han pasado de un recargo del 20% al 10%.
Pluriactividad. La nueva ley permite que aquellos autónomos que, a al mismo tiempo, sean asalariados en otra empresa, no tengan que solicitar la devolución por exceso de cotización. Esta devolución por pluriactividad se hará de manera automática, sin tener que realizar la petición, como sí era obligatorio hasta ahora.
Bonificación por cuidado de menores. Se pasa de 7 a 12 años la edad máxima para tener una bonificación. También se han mejorado las condiciones en los casos de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
Contratación de familiares. Los trabajadores por cuenta propia también tendrán una bonificación por contratar familiares de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad, incluyendo parejas de hecho.
Jubilación. Los autónomos podrán cobrar el 100% de la pensión de jubilación y seguir trabajando como autónomos, siempre y cuando mantengan, al menos, un empleado.
Todas estas deducciones, bonificaciones e incentivos favorecen la reducción de impuestos de los profesionales autónomos. Deben ser tenidos en cuenta a la hora de llevar a cabo la actividad, pues generarán importantes ahorros en impuestos relacionados con el rendimiento de la actividad, así como en pagos a la Seguridad Social.
(Fuente Cinco Días)